martes, 26 de enero de 2010

Los reintegros de prestaciones por discapacidad: Devoluciones parciales y con Mora.


Quiero referirme brevemente a irregularidades que se multiplican en Obras Sociales y Empresas de Medicina Prepaga al momento de reintegrar al afiliado/beneficiario el monto correspondiente a las facturas por honorarios profesionales, transporte, farmacia, etc. que éste presenta a su Cobertura de Salud.
Se trata por un lado de la devolución en menor cuantía a la consignada en la factura; y por el otro de la excesiva mora de la Obra Social/Empresa de Medicina Prepaga en el reintegro del monto abonado o no por el beneficiario, pero cuya factura ha sido debidamente presentada por mesa de entradas de la institución.
Ambas conductas - en principio - son violatorias de las normas que regulan la actividad de estas instituciones/empresas y de la Ley de Discapacidad.
Veamos porqué ello no corresponde y cómo debemos reclamar:

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martes, 12 de enero de 2010

Obligatoriedad de las Prestaciones por Discapacidad.

A pesar del texto del art. 5 de la Ley 24.901 de Prestaciones Básicas a Favor de Personas con Discapacidad donde se establece que las Obras Sociales difundirán entre los beneficiarios todos los servicios a los que los mismos pueden acceder en virtud de la norma, frecuentemente somos consultados por afiliados discapacitados o padres de menores con discapacidad que durante mucho tiempo no han gozado integralmente del tratamiento integral que les corresponde por distintos argumentos - falaces todos - vertidos desde el seno de su Obra Social, Empresa de Medicina Prepaga o desde el propio Subsidio de Salud.
Veamos algunas de las "excusas" formuladas por estos actores del Sistema de Salud Argentino:

- "A las empresas de medicina prepaga no les corresponde brindar los mismos tratamientos que a las Obras Sociales".
- "No recibimos subsidios de la APE por esa prestación, por lo que no podemos brindársela".
- "Solamente damos cobertura con profesionales de nuestra cartilla".
- "Las prestaciones educativas sólo son abonadas durante los meses de clases".
- "Según el plan en el que Ud y su familia se encuentran existe un tope anual de cantidad de sesiones de rehabilitación".
- "La droga por Ud. solicitada es importada y corresponde la compra particular".

A continuación, de la forma más sencilla posible, explicaremos al detalle cuáles son las prestaciones de discapacidad a las que tiene derecho y cómo debe hacerse efectivo ese derecho.

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